Todo sobre la reprogramación de deuda de Empleadores
Entérate de qué trata este beneficio y conoce los pasos para acceder a él.

¿Qué es la
reprogramación de deuda?

Es un beneficio que se establece con la Ley Nª 31888 para el Sector Público y la Ley Nº 31690 para el Sector Privado que permite a las entidades de ambos sectores, pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, reprogramar la deuda generada por el atraso en el pago de aportes a la AFP, correspondientes a devengues hasta diciembre 2022.

Importante: La fecha límite de acogimiento para el sector privado fue el 31/12/2023 y para entidades públicas el 15/04/2024.

Este beneficio permite:

Regularizar los aportes de trabajadores o extrabajadores

Fraccionar la deuda sin intereses moratorios del SPP

Actualizar la deuda en reemplazo de multas o intereses, aplicando la rentabilidad nominal obtenida en el SPP

Suspender la cobranza judicial por el total de la deuda acogida

¿Cómo mantener este beneficio?

Para mantener este beneficio la entidad debe pagar puntualmente su cuota. En caso se incumpla con el pago, existen dos escenarios.

Sector privado
  • Si la empresa incumple con el pago oportuno de 3 cuotas consecutivas o mantenga 1 cuota vencida por 2 meses o más, pierde este beneficio a menos que regularice el pago antes de que la AFP inicie las acciones judiciales de cobranza.
  • El plazo máximo para el inicio de la cobranza judicial es el último día del séptimo mes después de que venció la primera cuota no pagada.
Sector público
  • Si la entidad incumple con el pago oportuno de 1 cuota por 2 meses o más, se pierde el beneficio a menos que regularice el pago de dicha cuota antes de que la AFP inicie las acciones judiciales de cobranza.
  • El plazo máximo para el inicio de la cobranza judicial es el último día del séptimo mes después de que venció la primera cuota no pagada.
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Preguntas frecuentes

Aplica para sector público y privado

¿Dónde realizo los pagos de las cuotas y ubico mi cronograma?
¿Todavía se puede reprogramar una deuda?
¿Se puede pagar las cuotas por adelantado?
¿Qué sucede si se paga una cuota después del 5to dia útil del mes?
¿Qué sucede si no se pagan las cuotas?
¿Qué sucede con las deudas en cobranza judicial?
¿Cuáles son las normas acerca del Repro Público III y Repro Privado?
¿Cómo se fraccionó la deuda?
Irene
Asesora Digital de AFP Integra

Irene - Asesora Digital de AFP Integra