
Conoce esta nueva opción de pensión que combina tus aportes con el respaldo del Estado, según la Ley N° 32123.
Es una alternativa de pensión incorporada por la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que combina tus aportes obligatorios al Sistema Privado de Pensiones (SPP) con el respaldo del Estado. Si cumples todos los requisitos, podrías acceder a este beneficio.
El Estado complementa tus aportes
Tus aportes acumulados en la AFP se complementan con una garantía estatal de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
La ONP califica y paga
La ONP evalúa tu solicitud y, si cumples los requisitos, transferimos tus aportes para que empieces a recibir tu pensión cada mes.
Existen tres tipos de beneficios que te protegen a ti y a tu familia.
Jubilación
Recibes una pensión mínima o proporcional especial, según las Unidades de Aporte (UdA) que hayas acumulado durante todo tu tiempo como aportante entre la AFP y la ONP.
Invalidez
Recibes una pensión si pierdes al menos el 50% de tu capacidad de trabajo de manera permanente y no cuentas con seguro previsional. Las condiciones varían según tus UdA previas al dictamen médico.
Sobrevivencia y sepelio
Tus beneficiarios reciben una pensión y el reembolso de gastos de sepelio en caso de tu fallecimiento, siempre que hayas sido pensionista de la nueva pensión mínima.
Jubilación
Invalidez
Sobrevivencia y sepelio
La Unidad de Aporte (UdA) es una medida que contabiliza tus aportes mensuales y te permite saber si podrás elegir la nueva pensión mínima por el Estado al momento de jubilarte o recibir una pensión por invalidez definitiva sin cobertura.
1 mes de aporte
=
1 UdA
Para solicitar este beneficio, deberás alcanzar la cantidad de
Tipo de pensión | UdA efectivas | Monto de pensión mensual vitalicia |
Pensión mínima | 240 a más | S/600* |
Pensión proporcional | 180 a 239 | S/400* |
Pensión proporcional | 120 a 179 | S/300* |
*El monto de la pensión garantizada podría ser revisado cada tres años, según la capacidad financiera del Estado, conforme a la Ley N° 32123.
Si eliges esta alternativa de pensión, AFP Integra te acompaña desde el inicio y coordina con la ONP para que recibas tu pensión.
1
Agenda una cita
Citas2
Evaluamos tu solicitud
En máximo 5 días hábiles revisamos tu documentación y validamos tus UdA efectivas.
3
Enviamos tu expediente a la ONP
En los siguientes 3 días hábiles enviamos tu solicitud, documentación y el archivo que sustenta el cálculo de tus UdA efectivas a la ONP.
4
La ONP califica tu solicitud
La ONP tiene hasta 30 días hábiles para evaluar los requisitos, validar tus aportes al SNP y determinar el tipo de pensión que te corresponde.
5
La ONP te notifica la resolución
En los siguientes 5 días hábiles, la ONP emite y te notifica el resultado de la evaluación.
6
La ONP confirma la liberación de tu fondo
Pasados los 15 días hábiles de enviada la notificación, la ONP solicita que AFP Integra transfiera el saldo total disponible para pensión.
7
Transferimos tu fondo a la ONP
En los siguientes 15 días calendario, AFP Integra transfiere tu saldo al fondo colectivo que administra la ONP.
8
Recibes tu pensión
La ONP abre una cuenta a tu nombre en el banco que elegiste en tu solicitud y deposita tu pensión cada mes: 12 pagos al año, según su cronograma oficial.
Antes de tomar tu decisión, es importante que conozcas estos aspectos:
Decisión irreversible
Una vez que la ONP otorga la pensión, es definitiva y no puedes cambiar a otra modalidad de pensión ni retirar tu fondo.
Retiros posteriores
Si hiciste retiros de tu fondo después de la Ley N.° 32123, pierdes el derecho a este beneficio, salvo que se trate del retiro del 25% para crédito hipotecario, del retiro por enfermedad terminal o del octavo retiro extraordinario.
UdA por hijo
Puedes solicitar el reconocimiento de hasta 6 UdA adicionales por cada hijo (máximo 3 hijos), presentando su partida de nacimiento.
Bono de Reconocimiento
Si tienes un trámite de Bono de Reconocimiento en curso, debe culminar antes de presentar tu solicitud.