En caso de fallecimiento, tus beneficiarios tienen derecho a recibir una Pensión de Fallecimiento. Se consideran como beneficiarios tus siguientes familiares directos:
Es importante que sepas, que al tener activa tu cobertura de seguro, tu fondo podría ser incrementado para otorgar a tus beneficiarios una pensión de hasta el 100% de tu remuneración mensual. Infórmate más acerca del Seguro de Pensión.
Así mismo, en caso el saldo de tu fondo de pensión sea más que suficiente para otorgar las pensiones de sobrevivencia, la diferencia constituye Excedente de Pensión y puede ser solicitado por los herederos.
La compañía de seguros determinará el aporte adicional o el excedente de pensión según el caso.
Adicionalmente, existen Convenios de Seguridad Social con Argentina, Chile y España. Infórmate más ingresando Convenios Internacionales de Seguridad Social.
Documentos
Para recibir una pensión, tus familiares directos deberán acreditar serlo con documentos que lo sustenten.
Documentos que acrediten a los beneficiarios.
Trámite
Los familiares deben comunicarse con nosotros para solicitar una cita e iniciar el trámite, llamando al (01) 391-3656, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Conoce los pasos del trámite:
1
Solicitud de Pensión de Fallecimiento
En caso de fallecimiento, tus familiares directos firman la Solicitud. Pueden solicitar pensión preliminar si la cuenta está incompleta o tiene la cobertura del seguro postergada o suspendida.2
Conformidad
Indicamos si la solicitud fue aceptada o rechazada. De ser el caso, se determina la pensión preliminar.
Plazo: Entre 5 y 8 días útiles.
3
Solicitud de Cotizaciones
Tus familiares directos solicitan el cálculo de diferentes modalidades de pensión.4
Presentación de Cotizaciones
Reciben nuestra oferta y las de las Compañias de Seguros, de las modalidades de pensión solicitadas.
Plazo: 7 días útiles después de la Solicitud de Cotizaciones.
5
Elección de Modalidad
Finaliza el trámite con la elección de la modalidad de pensión que se ajuste a las necesidades del grupo familiar.
6
Pago de Pensión
Reciben la pensión retroactiva a la fecha de fallecimiento o desde el último pago de la pensión preliminar.
Plazo: 15 días útiles después de la Elección de Modalidad.
Para mayor información descarga:
En caso de fallecimiento, tus herederos pueden retirar todo el dinero de tu fondo de pensión, si no existiera alguno de los siguientes beneficiarios:
Si existiera Excedente de Pensión*, también se entregará a los herederos.
* En caso el capital acumulado sea más que suficiente para otorgar las pensiones de sobrevivencia, la diferencia constituye Excedente de Pensión y puede ser solicitado por los herederos.
Requisitos
Acreditar con documentos ser herederos del titular.
Documentos
Estos son los documentos que debes presentar para iniciar tu trámite:
Trámite
Los familiares deben comunicarse con nosotros para solicitar una cita e iniciar el trámite, llamando al (01) 391-3656, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m.
Conoce los pasos del trámite:
1
Solicitud de Herencia
Los herederos o su representante legal presentan la solicitud de herencia.
2
Pago
Recibirán el saldo acumulado en un solo pago.
Plazo: 90 días calendario después del fallecimiento y 30 días útiles después de presentada la solicitudPara mayor información descarga:
En caso de fallecimiento del afiliado, es posible solicitar la devolución de los gastos de sepelio a quien los haya realizado. Infórmate sobre los requisitos y conoce cómo iniciar el trámite, aquí.